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Nuestra clasificación de riesgos respalda la solidez y buena gestión de COOPAC San Martín.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, en el Art. 3º de la Resolución S.B.S. N.º 967-2022, denomina clasificación de Coopac, al proceso de evaluación realizado de acuerdo a la metodología previamente presentada a la Superintendencia, cuyo resultado expresa la opinión de la empresa clasificadora de riesgo sobre la capacidad de la Coopac para administrar los riesgos que enfrentan, con la finalidad de cumplir sus obligaciones con sus socios ahorristas.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS determina como obligatoriedad que las COOPAC adscritas al registro nacional de COOPAC deben contar obligatoriamente con una clasificación anual de riesgos.